Como era previsible el juez Cabrera tramitó el pase a juicio del “caso” APE, a pesar de la falta de substanciación y los ostensibles vicios procesales, con base en dos cargos: primero, “asociación para delinquir” (sin asociados, ni delitos) y segundo, “tráfico de armas de guerra en modalidad de ocultamiento” (sin tráfico, armas de guerra, ni ocultamiento).
Estos supuestos cargos requieren de análisis conjunto porque no podrían sostenerse el uno sin el otro y, como se verá de inmediato, el primero es necesario para poder llegar al segundo así como al caer por su propio peso arrastra al otro tal como lo accesorio sigue la suerte de lo principal.
La razón es muy simple: el Código Penal no contempla el tipo del segundo cargo, por lo que se hizo necesario utilizar la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada (LOCDO), que tiene un supuesto más amplio pero dentro de un ámbito más restringido de acción, por ser una ley especial.
La misma aplicación de esta ley prejuzga sobre la inclusión del caso dentro de la modalidad de “delincuencia organizada”, lo que hace sorprendente que la Fiscalía pueda utilizarla sin la carga de mostrar la existencia de tal sociedad criminal ni exhibir ningún delito que ella hubiera cometido.
La afirmación de que se trata de una asociación para delinquir sin asociados ni delitos no es exagerada, APE está siendo juzgado él solo: ¿Quiénes son sus asociados, según la Fiscalía? ¿Cuáles son los delitos que se le imputan a tal concierto de personas inexistentes?
La única sociedad que se le conoce a Peña Esclusa se llama “Fuerza Solidaria” que es una asociación civil perfectamente legal, de actividad pública conocida y que, curiosamente, a pesar de la persecución contra su principal dirigente, no ha sido proscrita por el régimen, ni se le involucra en ninguna actividad delictiva.
La otra organización que preside APE, esta vez a nivel internacional, es “Uno América”, una federación que agrupa cientos de ONGs en Latinoamérica, cada una de ellas perfectamente legales en sus países respectivos, incluso algunas en Estados Unidos.
Hay algo insultante en la aplicación de esta LOCDO y es que prejuzga las actividades legales de personas honestas como delictivas; pero sin llegar a las consecuencias necesarias del prejuicio, que es la razzia, la persecución en masa. ¿Quiénes son, dónde están esas personas asociadas con la intención de cometer los delitos previstos en la LOCDO que justifican su aplicación? ¿Cuál es el cuerpo del delito?
Esto nos lleva al segundo cargo, que es más descabellado que el primero. Como se sabe, las normas penales son de derecho estricto, no admiten la analogía, la aplicación extensiva, la sinonimia, ni el intercambio de un tipo por otro. De manera que cuando la LOCDO dice: “Quien trafique u oculte de forma indebida algún arma o explosivo, será castigado…”, separa las armas de los explosivos, taxativamente.
Luego añade: “Si se trata de armas de guerra la pena será…”. Aquí sólo habla de armas, no se refiere para nada a explosivos, que incluso resultaría extraña al lenguaje común la expresión “explosivos de guerra”.
El recusado juez Cabrera acoge la acusación de la Fiscalía por “tráfico de armas de guerra en modalidad de ocultamiento”, siendo que según ellos mismos, lo que se encontró en la residencia de APE fue poco menos de un kilogramo de un material conocido popularmente como C-4 y unos detonadores térmicos, esto es, elementos para fabricar “explosivos”, pero nunca “armas de guerra”.
No se pueden sembrar “explosivos” en la residencia de un ciudadano y luego acusarlo de ocultar “armas de guerra”, porque son cosas enteramente distintas, no equivalentes, ni intercambiables los unos por las otras. Ninguna ley asimila las armas a los explosivos, sino al contrario, los separan expresamente y lo que el legislador separa, no lo puede reunir el intérprete.
Subrepticiamente la Fiscalía se deslizó desde unos elementos inocuos y dispersos a dónde quería llegar, a las “armas de guerra”, sin especificar cuáles son, sin remitir a la Ley sobre armas y explosivos. Pero esta expresión vista desde afuera, en abstracto, sugiere algo como si hubieran encontrado un arsenal, por sí sola tiene un carácter agresivo completamente ajeno a la realidad.
El supuesto delito no está tipificado en la LOCDO, el Código Penal, ni en ley alguna, por lo que no puede ser utilizado en una acusación penal, además de ser una expresión contradictoria en los mismos términos.
“Tráfico” supone desplazamiento, “ocultamiento” que algo yace encubierto, sustraído a la simple vista. Uno, sugiere que el material se encontró en un vehículo, buque, avión, en paso fronterizo o aduanero; si estuviera oculto, ésta figura se subsume en el tráfico. El otro, como forma autónoma, sólo puede ser en alguna forma inmueble, completamente ajena al tráfico.
En el caso APE no puede imputarse el tipo “tráfico”, que es malicioso y rebuscado; pero tampoco “ocultamiento”, puesto que la policía dice encontrar los objetos sospechosos en un lavadero, un closet y el escritorio de una menor, junto con objetos habitualmente exhibidos a la vista, como ropa y útiles escolares. Tan es así que dicen hallarlos sin escavar, romper o descubrir nada. Luego, no estaban ocultos.
Si bien no se trata de “armas de guerra” es discutible que se trate de “explosivos” puesto que, según la opinión de los expertos, no explotan por sí solos, sino que deben adminicularse en un dispositivo más complejo.
Se trata de ingredientes para fabricar explosivos, que requieren un conocimiento técnico especializado en la materia, condición que no se ha demostrado que cumpla el imputado, de quien se sabe que ha escrito libros y es conferencista, pero no que sea “explosivista”.
Como se ve, es una acusación insostenible, por lo que habría que buscar su explicación en otra parte.
HIPÓTESIS PARA UN CRIMEN
Mirando al pasado, puede pensarse que el régimen trata de desquitarse de su derrota en Honduras, a la que APE prestó una gran contribución política y moral, que se ha prolongado en una relación fraterna con el presidente Micheletti.
Considerando que este régimen sigue dando trato de Jefe de Estado a Manuel Zelaya, si fuera cierto que sigue desplazándose en un jet privado de bandera venezolana y que recibe una asignación en dólares de PDVSA, el cerco contra APE resultaría ser la exacta contrapartida de aquella situación de privilegio.
Pero mirando al futuro, resulta que el régimen se estaría “curando en salud” puesto que supone que APE está haciendo algo que, aunque no pueda precisar lo que es, da por sentado que no le conviene.
En caso de presentarse una situación de defensa de la Constitución como la que se dio en Honduras, la experiencia y los conocimientos recabados por APE en un caso real, en vivo, serían de muchísima utilidad para la liberación de Venezuela de la tiranía castrista, además de que contaría con apoyo internacional garantizado.
En ambos escenarios, la prisión de APE cumpliría un efecto de demostración, con el fin de intimidar a eventuales opositores y sembrar terror en la población, por el viejo expediente de: “Si así tratan a los líderes qué quedará para los legos”.
Pero si esto explicara la actitud del gobierno, habría que explicar también la actitud de la llamada oposición, que ha guardado un silencio cómplice frente a éste y otros casos emblemáticos de persecución política.
En primer lugar, perciben a APE como un rival político, un potencial candidato presidencial no inscrito dentro de los límites trazados por la Mesa de la Unidad Democrática Ampliada (MUDA).
Segundo, desde que se autodefinen como “alternativa democrática” creen y pretenden hacer creer que cualquier otra alternativa al menos es “no democrática”, por no decir de una vez, “golpista, fascista, pitiyanqui, burguesa”, etcétera.
Todos los voceros de la MUDA condenan “el golpe” en Honduras y hasta llaman “gorilas” a los militares hondureños que se han apegado a la Constitución de su país; epíteto que nunca usan contra los militares cubanos, ni los de otros países en que se han divorciado flagrantemente de los principios consagrados en las respectivas constituciones.
Es inevitable recordar que Pedro Nikken, egregio defensor de los Derechos Humanos, con un pié en el avión que lo llevaba a Costa Rica, no se sabe a qué diligencia relacionada con el caso Honduras, con exaltado autoritarismo socialista cristiano declaró que había que reponer a Zelaya en la presidencia “y punto”.
Mismo señor que se ocupa de repetir en cuanta audiencia internacional quiera escucharlo que en Venezuela “no hay una dictadura”, aunque (a veces añade enigmáticamente) nos encontremos encaminados hacia ella.
¿Qué tiene esto que ver con la actitud de organizaciones supuestamente humanitarias como Amnistía Internacional y Human Right Watch? Lo mismo que la MUDA y la Internacional Socialista: tienden un cerco justificador contra los presos políticos con el expediente de que ellos son demócratas y los demás “golpistas”.
Lo extraño en que no vean “golpismo” en Zelaya y sus aliados de la ALBA.
AISLAR Y SILENCIAR
Son los verbos más conjugados por los socialistas de todo el mundo. Su concepción de la libertad consiste en que todo el mundo pueda hablar, siempre que se garantice que nadie escuche.
Las cadenas son una violación masiva de derechos humanos no sólo porque uno es el que habla, sino porque todos los demás son obligados a callar, reduciendo al silencio a millones de ciudadanos teóricamente iguales en derechos, rebajados a la condición de oyentes pasivos.
El monólogo implica la destrucción del espacio público para el diálogo, con lo que desaparece el ámbito de la democracia, el oxigeno de la libertad, para darle paso a la imposición por la fuerza, que es la negación misma de la civilidad.
PEÑA ESCLUSA, A JUICIO.
Lo único que nos queda es demostrar otra vez que el Derecho es algo más que el puro poder, que la voluntad del que tiene las armas. Ese “algo más” es lo que inevitablemente orienta la conducta de los hombres hacia la búsqueda constante de la verdad y la justicia. Si no fuera así, nunca se hubiera conocido el Holocausto, el Gulag o las matanzas de Katyn.
La pregunta clave es: si los argumentos no valen nada, si las decisiones judiciales son tomadas de antemano por dictados políticos ¿qué nos queda? ¿Qué sentido tienen los debates en estrados si se sabe que una Razón de Estado gobierna las decisiones de los jueces, que son tan rehenes de la situación como los acusados?
No importa la política nacionalsocialista de “circo y circo”, del escándalo cotidiano sobre trivialidades para ensordecer al público y sepultar a los presos y exiliados bajo un manto de silencio y olvido.
El verdadero problema es que haya fiscales y jueces que se prestan para montar estas farsas judiciales, para armar la propaganda del socialismo hacia el exterior.
¿Qué juez dictaría siquiera una medida de juicio en libertad teniendo enfrente el caso de la juez Afiuni como escarmiento?
Luis Marín
27-02-11
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